Capítulo V
Primer Curso de Formación y Capacitación
para Jueces Menores
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En el mes de mayo del año que se informa, el Instituto de la Judicatura, presentó ante el Honorable Pleno del Consejo del Poder Judicial del Estado el proyecto del Primer Curso de Formación y Capacitación para Jueces Menores, el cual fue aprobado en sesión ordinaria de dicho Cuerpo Colegiado celebrada el 23 de Mayo de 2007.
El objetivo de este Curso fue que los titulares de la jurisdicción menor, obtuvieran un conjunto de nuevos conocimientos, a fin de afrontar las nuevas responsabilidades que les atribuye la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Michoacán; una vez que entre en vigor el capítulo correspondiente a los juzgados menores.
Justificación
En los últimos años, la estadística demuestra que la carga laboral de los juzgados de primera instancia se ha incrementado en forma importante1. Dicho aumento, obedece entre otras cosas, por el hecho de que la justicia que hasta antes de la reforma constitucional de 2005 se denominaba “municipal”, era poco requerida por los justiciables, ya que su esfera competencial, además de muy limitada, no contaba con personal capacitado en la impartición de justicia.
Este hecho que en mayor o menor medida lo reconocían los legisladores, no permitía el adecuado desarrollo de la práctica judicial en los municipios, lugares en que resulta imprescindible una justicia próxima a la sociedad.
Hasta antes de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial2, el sistema de administración de justicia municipal no resultaba equivalente al conjunto de acciones y valores definidos y previstos en las leyes, ya que no satisfacía las demandas crecientes de una sociedad cada vez más diversificada y compleja.
De ahí que al ampliar la competencia de los nuevos juzgados menores, prevista por la actual Ley Orgánica del Poder Judicial, se imponga en aportar soluciones precisas para mejorar sustancialmente la organización y funcionamiento del Poder Judicial en este ámbito jurisdiccional.
Nuestro país vive un proceso de consolidación democrática y el desafío consiste hoy en fortalecer el servicio de Justicia para garantizar que todos los habitantes de los Estados se encuentren en situación de igualdad ante la Ley.
Para satisfacer dichas necesidades, la LXX Legislatura del Estado transformó la justicia municipal convirtiéndola en justicia menor, mediante el Decreto Legislativo número 44 de 21 de diciembre de 2005, que reforma la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.
Dicha reforma impone un nuevo reto al Poder Judicial Local, ya que el espíritu de la misma atiende no sólo a una variación semántica sino que implica –como ya se ha dicho– un incremento sustancial en la esfera competencial de estos órganos jurisdiccionales y, con ello, por consecuencia, la necesaria profesionalización –en el sentido de capacitación y actualización– de quienes tendrán la titularidad de los mismos.
Bajo tal perspectiva, y tomando en consideración la vacatio legis3 que contempla la Ley Orgánica del Poder Judicial para la capacitación de quienes actualmente desempeñan la función judicial en este ámbito de la Justicia Menor, el Instituto de la Judicatura del Consejo del Poder Judicial del Estado ha estructurado el Primer Curso de Formación y Capacitación para Jueces Menores, cuya finalidad es proporcionarle a los actuales jueces menores, un panorama general –desde las perspectivas teórica y práctica– de los alcances que tiene la justicia menor.
Para tal efecto, la primera edición de este Curso se integra de once módulos con contenidos tendientes a la especialización de los participantes, ya que se complementan de manera integral a lo largo de su desarrollo, y son:
1. El Reconocimiento de los Juzgados Menores por la Ley: Es primordial que los jueces menores (anteriormente municipales), conozcan el fundamento legal de esta figura jurisdiccional modificada en su esfera competencial. El objeto de este módulo es el análisis de la normativa que reconoce y regula a los juzgados menores.
2. Jurisdicción y Competencia de los Jueces Menores: La capacitación de los jueces menores depende, en gran medida, del ejercicio de las facultades que integran la competencia que la ley le otorga a los juzgados menores. El módulo se complementa con una reflexión sobre el concepto de jurisdicción y su diferenciación del concepto de competencia judicial.
3. Temas de Derecho Civil: En este módulo se busca proporcionar a los participantes los conocimientos y actualizaciones en temas selectos de derecho civil, tales como la teoría del acto jurídico, la manifestación de la voluntad, las formas de otorgar el consentimiento, la clasificación de los bienes, entre otros temas de derecho civil aplicados a la Justicia Menor, de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
4. Temas de Derecho Procesal Civil: El manejo de las instituciones procesales es primordial, no sólo en la justicia menor, sino en todo el campo jurídico. En este apartado se contemplen temas como las acciones procesales, las fases del procedimiento en general, los tipos de procedimientos en materia civil.
5. Temas de Derecho Mercantil: En este apartado se integran aspectos importantes de derecho mercantil tales como el juicio ejecutivo mercantil, el juicio ordinario mercantil, los incidentes en materia mercantil y un subapartado dedicado a las tercerías. Lo anterior, debido a que la competencia de los juzgados menores, en materia mercantil, se incrementó sustancialmente.
6. Temas de Derecho Penal: De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado la competencia penal de los jueces menores se incrementa, ya que podrán conocer de delitos que tengan como pena tres años de prisión. De ahí la necesidad de preparar y actualizar a los participantes en aspectos elementales de derecho penal como el ámbito de validez de la norma penal; la teoría del delito; los elementos positivos y negativos del delito, entre otros temas vinculados al derecho penal.
7. Formalidades Esenciales en el Proceso Penal: El propósito de este módulo es que los participantes conozcan las etapas del proceso penal, los diversos medios de prueba, su eficacia jurídica y demás aspectos característicos de las pruebas en materia penal, así como los diferentes medios de impugnación.
8. Cumplimentación de Amparos: El cumplimiento de las ejecutorías de amparo ordenadas por la justicia federal es un tema importante en el ámbito de la administración de justicia, razón por la cual se incorpora este módulo, cuya finalidad es proporcionar a los participantes las perspectivas teórica y práctica de cómo se debe llevar a cabo el procedimiento de cumplimentación de amparos.
9. Redacción de Sentencias: La emisión de una sentencia es meta de todo proceso, de ahí que su elaboración se deba adecuar a los lineamientos exigidos por la Constitución y las leyes que de ella emanan. Por lo anterior, es preciso que los aspirantes a jueces menores conozcan las técnicas de interpretación y hermenéutica en materia civil, mercantil y penal, ya que ello garantizará que no se vulneren los derechos de los justiciables al momento de dictar la sentencia.
10. Deontología Aplicada a la Jurisdicción Menor: La finalidad de esta temática consiste en proporcionarle a los participantes una serie de conocimientos sobre la ética, la moral y la deontología aplicada al campo del Derecho, para de esta forma establecer los deberes y principios que deben regir la actividad del Juez como profesionista.
11. Informática Judicial: Es necesario que los servidores públicos del Supremo Tribunal de Justicia conozcan los beneficios que ofrece la informática, ya que es una herramienta necesaria en la ejecución de sus labores. De ahí que también se les proporciones a los jueces menores toda la información necesaria para que puedan emplear la informática de la manera más adecuada.
Mecánica Operativa y Logística
El Instituto de la Judicatura del Consejo del Poder Judicial del Estado tiene, entre otras actividades, la tarea de especializar y capacitar de manera continua a todos los servidores públicos que desarrollan funciones en el Poder Judicial local, así como a los profesionistas que aspiran a laboran en él. Por lo anterior es que el Instituto busca constantemente la realización de diversos eventos y programas académicos, orientados al cumplimiento de dicha encomienda.
Justificación
La constante y oportuna capacitación es factor indispensable para fortalecer la administración de justicia en Michoacán, razón por la cual el Instituto de la Judicatura ha organizado el programa académico denominado Primer Curso de Formación y Capacitación para Jueces Menores, mismo que tiene por objeto la especialización de los jueces menores actualmente en funciones.
1. Brindar a los participantes un panorama general de los alcances que plantea la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial a través del análisis de aspectos tales como el reconocimiento de los juzgados menores por la ley, la jurisdicción y competencia de los juzgados menores, temas de derecho civil, penal y mercantil, formalidades esenciales en el proceso, la cumplimentación de amparos, la redacción de sentencias, la deontología aplicada a la jurisdicción menor, y la informática judicial.
2. Que los participantes conozcan de manera integral los alcances que plantea el incremento en la competencia de los jueces menores.
3. Que los participantes accedan a un conjunto de nuevos conocimientos vinculados con la esfera competencial de la Justicia Menor.
4. Lograr que los participantes tengan una perspectiva teórico-práctica de los efectos sustantivos y adjetivos que trae consigo el aumento de competencia de los juzgados menores.
5. Una vez que se cumpla con los anteriores objetivos, los participantes contarán con las bases para hacer frente de manera oportuna a las nuevas responsabilidades que les confiere la ley orgánica.
Al finalizar el Primer Curso de Formación y Capacitación para Jueces Menores los participantes estarán preparados para asumir los nuevos retos que plantea la implementación de la justicia menor con su nueva esfera competencial.
Dada la naturaleza temática del Primer Curso de Formación y Capacitación para Jueces Menores se recomienda que Magistrados y Jueces de Primera Instancia del Supremo Tribunal estén al frente del mismo, ya que su experiencia en la impartición de justicia coadyuvaría a un mejor desarrollo de los contenidos temáticos previstos, logrando con ello cumplir los objetivos planteados.
El Primer Curso de Formación y Capacitación para Jueces Menores, tendrá una duración de cuatro meses en un sistema semiresidencial, es decir, las sesiones académicas tendrán lugar los viernes por la tarde y los sábados por la mañana.
El Curso se desarrollará en dos etapas, la primera estará dirigida a los jueces menores de Apatzingán, Hidalgo, La Piedad, Lázaro Cárdenas, Los Reyes, Morelia, Patzcuaro, Tacámbaro, Uruapan, Zacapu, Zamora y Zitácuaro.
En su segunda etapa el Curso estará dirigido a los jueces menores de los municipios no contemplados en el párrafo anterior en las fechas y modalidades que posteriormente se propongan.
Horario
Viernes de 16:00 a 21:00 hrs.
Sábados de 09:00 a 14:00 hrs.
Duración
Total de horas: 150 (ciento cincuenta)
Lugar: Aulas del Instituto de la Judicatura del Consejo del Poder Judicial.
Requerimientos
Cupo
El Primer Curso de Formación y Capacitación para Jueces Menores tendrá un cupo máximo de 30 asistentes. La inscripción se realizará conforme al orden de recepción de las solicitudes.
Requisitos
Inscripciones
La inscripción no tendrá ningún costo, y se llevará a cabo en las oficinas de la Coordinación Académica del Instituto de la Judicatura del Consejo del Poder Judicial del Estado, ubicadas en el Tercer Patio, Planta Alta, del antiguo Palacio de Justicia, en el Portal Allende número 267, Centro Histórico.
Temario
A este Curso asistieron 34 participantes, 12 jueces menores y 22 secretarios de acuerdos; los Distritos Judiciales que participaron en esta primera etapa del Curso fueron Apatzingán, Hidalgo, La Piedad, Lázaro Cárdenas, Los Reyes, Morelia, Pátzcuaro, Tacámbaro, Uruapan, Zacapu, Zamora y Zitácuaro, tal y como se observa en la siguiente lista de inscripción:
Lista de Participantes:
No. |
Nombre |
Dependencia |
Cargo |
1 |
Acosta Morales Araceli | Juzgado Menor de Apatzingán | Secretaria de Acuerdos |
2 |
Alvarado Pérez Rosa Verónica | Juzgado Menor de Zacapu | Juez |
3 |
Becerra Díaz Ascary Javier | Juzgado Menor de Tacámbaro | Juez |
4 |
Campos Bolaños María Guadalupe | Juzgado Menor de Uruapan | Secretaria de Acuerdos |
5 |
Chávez Chávez María Verónica | Juzgado Menor de Los Reyes | Secretaria de Acuerdos |
6 |
Contreras García Guadalupe | Juzgado Menor de Zacapu | Secretaria de Acuerdos |
7 |
Contreras Huerta Sergio | Juzgado Menor Penal de Morelia | Secretario de Acuerdos |
8 |
Domínguez Carranza Fernando Antonio | Juzgado Menor de La Piedad | Juez |
9 |
Espino Chávez Trinidad | Juzgado Menor de Lázaro Cárdenas | Juez |
10 |
García Chacón María Guadalupe | Juzgado Primero Menor Civil de Morelia | Juez |
11 |
García Gutiérrez Francisco | Juzgado Menor de Zamora | Juez |
12 |
García Núñez Juan José | Juzgado Menor de Zitácuaro | Juez |
13 |
Gutiérrez Álvarez María Guadalupe | Juzgado Menor de Zamora | Secretaria de Acuerdos |
14 |
Gutiérrez Duarte Edgar Homero | Juzgado Primero Menor Civil de Morelia | Secretario de Acuerdos |
15 |
Gutiérrez Pineda Sofía | Juzgado Menor de Los Reyes | Secretaria de Acuerdos |
16 |
Guzmán García Ana Sandra | Juzgado Segundo Menor Civil de Morelia | Secretaria de Acuerdos |
17 |
Herrera Ávalos María Guadalupe | Juzgado Primero Menor Civil de Morelia | Secretaria de Acuerdos |
18 |
Izquierdo Pérez Andrea Gabriela | Juzgado Menor Penal de Morelia | Secretaria de Acuerdos |
19 |
León Arteaga Rocío | Juzgado Menor Penal de Morelia | Secretaria de Acuerdos |
20 |
León Godínez Blanca Alicia | Juzgado Menor de La Piedad | Secretaria de Acuerdos |
21 |
López Reyes Fernando Aristóteles | Juzgado Menor de Pátzcuaro | Juez |
22 |
Márquez Vargas Marcos | Juzgado Primero Menor Civil de Morelia | Secretario de Acuerdos |
23 |
Mendoza Ortiz Armando | Juzgado Menor Penal de Morelia | Secretario de Acuerdos |
24 |
Mendoza Pineda Hildely | Juzgado Menor de Tacámbaro | Secretaria de Acuerdos |
25 |
Moreno Teytud Livia Eugenia | Juzgado Menor de Uruapan | Juez |
26 |
Quezada Luna Elsa Margarita | Juzgado Menor de Uruapan | Secretaria de Acuerdos |
27 |
Quiroz Tello María Concepción | Juzgado Menor de Ciudad Hidalgo | Juez |
28 |
Ramírez Solís Beatriz | Juzgado Menor de Zitácuaro | Secretaria de Acuerdos |
29 |
Ramírez Vargas José Román | Juzgado Menor de Pátzcuaro | Secretario de Acuerdos |
30 |
Sánchez Montes Leonel | Juzgado Menor de Apatzingán | Juez |
31 |
Sosa Carrillo Gloria | Juzgado Menor de Lázaro Cárdenas | Secretaria de Acuerdos |
32 |
Valdez Barriga Esperanza | Juzgado Segundo Menor Civil de Morelia | Secretaria de Acuerdos |
33 |
Velasco Escutia Verónica Daniela | Juzgado Menor Penal de Morelia | Juez |
34 |
Vilchiz Pérez María Virginia | Juzgado Menor de Ciudad Hidalgo | Secretaria de Acuerdos |
Lista de Ponentes:
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Lic. Francisco Javier Bedolla Espino (Juez Primero Penal de La Piedad) |
|
Lic. Omar Segura Carrillo |
|
M. en D. Jorge Reséndiz García |
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Lic. Héctor Octavio Morales Juárez (Juez Segundo Civil de Zamora) |
|
Lic. Juan Carlos Ortiz Manzo (Juez Cuarto Civil de Morelia) |
|
Lic. Jorge Hernández Trejo (Juez Cuarto Penal de Morelia) |
|
M. en F. Arnulfo Torres Delgado |
|
Lic. Luis Alonso Rodríguez Nieto |
(20 horas) |
Lic. Susana Silvia Garcés Noblecía |
(5 horas) |
M. en D. Emmanuel Roa Ortiz (Director del Instituto de la Judicatura) |
(10 horas) |
I.S.C. José Alfredo Salgado (Coordinador Técnico del Sistema Morelos) |
1 Cfr. Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán, Informe Anual de Labores 2003, Morelia, 2004, p. 249; así como Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán, Informe Anual de Labores 2004, Morelia, 2005, p. 255.
2 Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán el 16 de febrero del año en curso, pp. 1-28.
3 El Decreto establece un periodo de 365 días a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado (esto es, se establece como plazo hasta el 16 de febrero de 2008 para que se efectúen todas y cada una de las acciones de capacitación y actualización de los jueces menores que actualmente están en funciones así como respecto de los aspirantes a ocupar la titularidad de dichos órganos jurisdiccionales).
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